Es en el marco del amparo que presentó la CGT. Volverán a entrar en vigencia si los ratifica el Congreso a través de la Ley Ómnibus.
La Justicia dio un paso más ante el amparo que presentó la CGT contra el DNU de Javier Milei. Ahora declaró inválidos seis artículos del capítulo sobre la reforma laboral.
Sin embargo, la jueza nacional del Trabajo, Liliana Rodríguez Fernández, aclaró que volverán a tener vigencia si los ratifica el Congreso a través de la Ley Ómnibus.
La resolución de la jueza a la que accedió Clarín hizo lugar «parcialmente lugar a la acción de amparo iniciada por la Confederación General del Trabajo de la República Argentina contra el Estado Nacional».
Además, declaró «la invalidez de los artículos 73, 79, 86, 87, 88 y 97 del DNU 70/2024 en el marco de este juicio de amparo y de las circunstancias fácticas vigentes».
También la jueza aclaró que «gozará de validez formal en el caso de ratificación por ambas Cámaras dentro del período de las sesiones extraordinarias en curso, o su vigencia cesará de pleno derecho en caso contrario».
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