Política

En cámara de diputadosPatricia Bullrich confirmó que quitarán el artículo que prohibía reuniones de más de tres personas en la vía pública

La ministra de Seguridad justificó la urgencia de aprobar el proyecto enviado por Milei; sostuvo los cambios en el concepto de legítima defensa y hasta “actuó” como motochorro para explicar su posición.

La ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, expuso ante el plenario de comisiones de la Cámara de Diputados sobre las reformas en su área previstas en el proyecto de ley ómnibus que impulsa el gobierno de Javier Milei. La ministra comenzó haciendo una enfática defensa de la urgencia por aprobar la ley, bajo el argumento que de lo contrario se profundizaría la crisis, aunque admitió que el oficialismo hará cambios en el texto del proyecto: el primero, eliminar el artículo que prohibía reuniones de más de tres personas.

“Entiendo la razón de por qué ha podido haber una mala interpretación del artículo 331, que plantea que se debería pedir un permiso para una reunión de tres personas. Ese artículo está vinculado a la Ley del Tránsito y no a la ley en general. Quizás deberíamos haber puesto que ese artículo era el inciso final del artículo que cambiamos de la ley de Tránsito. Para facilitar la discusión, porque da lo mismo cuántos cortan el tránsito, les vengo a decir que vamos a retirar ese artículo porque está suficientemente explicado en otros artículos. Al haberse generado una confusión preferimos retirarlo. Denlo por retirado”, sostuvo.

El artículo 331 del proyecto de ley define a una “reunión o manifestación” como la “congregación intencional y temporal de tres o más personas en un espacio público”. En el Capítulo I del texto enviado al Congreso se establece la sustitución del artículo 194 del Código Penal, que prevé penas de tres meses a dos años para quienes corten calles, elevándolas a penas de prisión de uno a tres años y seis meses.

“El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de uno a tres años y seis meses”, señala el texto.

Entre otros puntos vinculados a la seguridad, la ley ómnibus agrava las penas (de dos a cuatro años de prisión) para quien porte un “arma propia, impropia, se causare daño a la integridad física de las personas”. Y el castigo se eleva con dos a cinco años de prisión para los organizadores de las manifestaciones, “estén o no presentes en la manifestación o acampe”.

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