Política

Cámara de Diputados Tiene media sanción el proyecto de Ley que prohíbe la venta de plasma

La Cámara de Diputados avanzó en la norma que establecerá que el Ejecutivo provincial tome a su cargo el arancel o facturación por servicio conexos para el uso de plasma.

El criterio de la prohibición para el cobro que se pretendía establecer con una ley provincial quedó de lado porque ya se encuentra establecido en la legislación nacional.

La ley, que ahora pasó al Senado en revisión, también determina que el Ejecutivo, a través de la autoridad de aplicación de la ley provincial 7854, de donación de sangre voluntaria, firme convenios con plantas de hemoderivados del sector privado con el objeto de proveer los insumos necesarios para el procesamiento y distribución del plasma convaleciente COVID-19 destinado a los pacientes hospitalizados en el sistema sanitario público y privado de la provincia.

Los servicios comprenden uso de material para extracción, envasado y distribución del plasma convaleciente para el tratamiento de la COVID-19 por el tiempo que dure la emergencia sanitaria dispuesta por la ley 8188.

La iniciativa fue modificada luego de que a través de un dictamen de minoría el diputado del PJ, Manuel Godoy hiciera notar que “tanto la prohibición de cobrar como también la persecución penal por este delito ya se encuentran totalmente establecidos en la legislación nacional”.

El proyecto fue llevado al recinto luego de que tomara estado público la pretensión de un centro privado de cobrar 30 mil pesos por aplicación de plasma que el Centro de Hemoterapia provee sin costo para el tratamiento de infectados por COVID-19.

Este tema es investigado por la justicia provincial y hasta el momento se dictaminaron imputaciones a dos profesionales médicos.

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