Judiciales

Recibió 13 años de prisiónSalteño abuso sexualmente de su hija y su hijastra y fue condenado

Un sujeto de 33 años recibió 13 años de prisión efectiva por los graves ultrajes.

Un hombre de 33 años, identificado con las siglas J. V. I., para preservar los derechos de las víctimas menores de edad, fue condenado con 13 años de prisión efectiva por la Sala VI del Tribunal de Juicio, presidida por la jueza Mónica Mukdsi, acusado de haber abusado sexualmente de su hija biológica y de su hijastra (menores de edad).

El imputado fue encontrado autor materialmente responsable de los delitos de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la guarda y la convivencia con una menor de 18 años en concurso ideal con corrupción de menores, agravado por la guarda y la convivencia, en perjuicio de su hijastra S. M. F. Ello, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia con una menor de 18 años (continuado), en concurso ideal con corrupción de menores agravado por el vínculo, la guarda y la convivencia, en perjuicio de su hija R. G. I.

Por entonces su pareja fue quien denunció a J. V. I. tras haberse enterado por parte de sus hijas del ultraje que sufrían.

Según el relato de las menores, el sujeto abusó de su hijastra desde que tenía 6 años hasta los 13. Acción que se repitió con su hija biológica desde que tenía 8 años.

La jueza Mukdsi, a cargo del juicio abreviado, ordenó que el condenado sea trasladado a la Unidad Carcelaria 1 y que se le practique examen psicofísico en el Servicio Forense del Poder Judicial, y examen genético para su inscripción en el Banco de Datos provincial.

En la Sala I

Los jueces de la Sala I del Tribunal de Impugnación, Ramón Medina y Virginia Solórzano confirmaron el fallo dictado contra un hombre por abuso sexual con acceso carnal, pero modificaron el monto de la pena impuesta.

El abusador había sido condenado por la Sala II a 11 años, ahora los jueces de segunda instancia hicieron lugar al recurso de casación interpuesto por la defensa del penado y le impusieron la condena de 10 años y 6 meses de prisión efectiva.

La primera sentencia del juez de Orán, Raúl Fernando López, ponderó la falta de «arrepentimiento» del acusado. Sin embargo, los jueces de alzada señalaron que a la hora de fijar la pena la falta de arrepentimiento resulta improcedente, dado que nadie está obligado a confesar su participación en el hecho.

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