Es para cancelar impuestos, tasas y contribuciones impagas hasta el 31 de diciembre de 2018. Incluye un capítulo especial para multas por infracciones de tránsito.
A ese régimen no podrán acceder las multas o infracciones de tránsito por conducir con alcohol en sangre, bajo efectos de estupefacientes, por no respetar semáforos, exceder los límites de velocidad permitidos o por conducir utilizando auriculares o sistemas de comunicación manual continua (pantallas, monitores, celulares).
El Ejecutivo municipal fundamenta su iniciativa en la difícil situación económica que atraviesa el país, de público y notorio conocimiento, circunstancia en la que corresponde al estado coadyuvar al cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y de otras, de naturaleza no tributaria, por parte de contribuyentes y responsables.
El proyecto está formulado para que entre en vigencia el 2 de mayo próximo
Obligaciones tributarias
Si se opta por el pago con efectivo o tarjeta de crédito, la reducción de intereses va del 100 al 80% y al 70% según se opte por adherir dentro de los 20 días hábiles de habilitado el régimen, entre el día 21 y el día 40 y entre el día 41 y el 60, respectivamente
Para las deudas superiores a los $50.000 incluye un plan de facilidades de pago de hasta 12 cuotas, con reducción de intereses del 60% si se accede en los primeros 20 días; del 50% entre el día 21 y el día 40 y del 40%, entre el día 41 al 60.
Forma de pago
Dentro de los 20 días hábiles –
De Contado, Efectivo o Tarjeta : Reducción del 100%
Dentro del día 21 al 40 hábiles
Reducción del 80%
Dentro del día 41 al 60 hábiles
Reducción del 70%
Plan de Facilidades de Pago hasta 12 cuotas
(Para deudas mayores a $50.000 de capital)
Reducción del 60%
Reducción del 50%
Reducción del 40%
Los planes de facilidades de pago tienen una serie de requisitos específicos, establecidos en el artículo 5o del proyecto de Ordenanza y en el artículo 6o se aclara que toda deuda podrá ser cancelada, sin importar el monto, en dinero en efectivo, tarjeta de crédito y/ débito bancario (VISA). En caso de pago con tarjeta se aplicará un costo administrativo adicional, equivalente al 2% de la deuda a cancelar.
Multas de tránsito
El artículo 10o del proyecto de Ordenanza expresa: “Establecer de modo excepcional un régimen especial de regularización de multas por infracciones de tránsito labradas hasta el 31 de diciembre de 2018. S entenderán también como comprendidas dentro de este régimen las actas de infracción que sean voluntariamente reconocidas por el infractor a los fines de su efectivo e inmediato pago. Asimismo, dicho régimen será aplicable a las multas de tránsito en discusión y / proceso de ejecución administrativa y / o judicial.
No podrán acceder al presente régimen las multas y/o infracciones de tránsito de la siguiente naturaleza: por conducir con alcohol en sangre, bajo efectos de estupefacientes, por no respetar semáforos, exceder los límites de velocidad permitidos o por conducir utilizando auriculares o sistemas de comunicación manual continua (pantallas, monitores, celulares)”.
Los infractores que adhieran al régimen accederán a una reducción del 70% del mínimo legal por infracción, no siendo aplicable en acumulación con el beneficio del pago voluntario
Se condonará además el 80% de la deuda por derecho de estadía sobre vehículos detenidos en depósitos de la Municipalidad para quienes se adhieran al régimen de regularización de multas por infracciones de tránsito.
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