Lo decidió la jueza Cecilia Gilardi de Negre, subrogante en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº 11, tras un amparo de dos asociaciones civiles.
La Justicia hizo lugar parcialmente a una medida cautelar solicitada por dos asociaciones civiles contra la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y suspendió la disposición que autorizaba a un laboratorio la venta de Misoprostol para la interrupción del embarazo.
La medida cautelar, presentada por la Asociación para la Promoción de Derechos Civiles y la Asociación Civil Portal de Belén ante la jueza Cecilia Gilardi de Negre, subrogante en el Juzgado Contencioso Administrativo Federal nº 11, buscaba que se declare la «nulidad absoluta e insanable» por inconstitucional del «Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo», según lo establecido en el artículo 86 del Código Penal incisos 1º y 2º por violación al derecho a la vida.
De acuerdo a la disposición del Ministerio de Salud, el Misoprostol presenta seguridad para uso ambulatorio con seguimiento médico sin riesgos para la gestante si se realiza durante el primer trimestre del embarazo; permite que la gestante con su médico habitual pueda decidir cómo y dónde llevar adelante la interrupción del embarazo de configurarse alguna de las causales de interrupción legal del embarazo (ILE) y no la obliga a concurrir al subsistema público de salud; y que –por ello- es necesario la disponibilidad del medicamento en una dosis de 200 mg en las farmacias.
Agregue un Comentario