Política

Revés judicialLa Corte falló contra la maniobra de Cristina Kirchner para sumar un lugar en el Consejo de la Magistratura

Aceptó el amparo que presentó el senador Luis Juez para reclamar su banca. La vice había partido el bloque del Senado para que ingrese al organismo el ultra K Martín Doñate.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió este martes por mayoría hacer lugar a la acción de amparo iniciada por Luis Juez y Humberto Luis Schiavoni para frenar una maniobra de Cristina Kirchner para conseguir un lugar más en el Consejo de la Magistratura.

El fallo, con los votos de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, declaró la nulidad del decreto parlamentario N° 33/22 por medio del cual la vicepresidenta había designado como representantes de la segunda minoría para integrar el Consejo de la Magistratura a los senadores del FDT Martín Doñate (como titular) y Guillermo Snopek (como suplente).

Ese lugar le correspondía a Juez, pero la vice partió a través de un ardid el bloque del Frente de Todos para erigirse como primera minoría y conseguir la banca para Doñate, un alfil K.

La división del bloque oficialista era tan ficticia que había quedado con un senador de La Cámpora Mariano Recalde por la mayoría y otro senador de la agrupación de Máximo Kirchner, Doñate, por la segunda minoría.

El juez Ricardo Lorenzetti no participó de la decisión, ya que se basa en el incumplimiento de la sentencia que restituye la vigencia de la ley 24.937, que el ministro consideró derogada.

De esta forma, Cristina pierde una banca en el organismo que propone, sanciona y destituye jueces.

Sin embargo, ​ni el oficialismo ni la oposición llegan a tener los dos tercios de los votos necesario en un cuerpo de 20 miembros como para imponer decisiones de fondo como destituir jueces.

Martín Doñate cuando asumió en la Magistratura junto a Roxana Reyes, la radical de Santa Cruz, consejera opositora.

De esta forma, el Máximo Tribunal declaró inconstitucional la división del bloque de senadores del Frente de Todos que hizo Cristina para quedarse con una banca extra en el Consejo de la Magistratura.

Asimismo, el Máximo Tribunal declaró que la partición del Bloque “Frente de Todos” resultaba inoponible a los fines de la conformación del Consejo de la Magistratura.

Para la Corte, “resulta indiscutido que al momento de la notificación de la sentencia del 16 de diciembre –y aún después del vencimiento de los 120 días dispuestos para su implementación– la segunda minoría a los efectos de la conformación del Consejo de la Magistratura era el “Frente Pro””.

Asimismo, entendió que con el accionar cuestionado se había vulnerado el principio de buena fe, cardinal en las relaciones jurídicas.

En definitiva, la Corte consideró que el procedimiento de designación de los integrantes del Consejo de la Magistratura no era respetuoso de las exigencias constitucionales y legales aplicables, sino «manipulativo» y que desnaturalizaba el fin constitucional de representación pluralista procurado por el constituyente y el legislador que sancionó la ley de creación de la Magistratura.

El 16 de diciembre de 2021, la Corte, en la sentencia “Colegio de Abogados de la Ciudad” (Fallos: 344:3636), había dispuesto que hasta tanto el Congreso dictara una ley que respetara la noción de equilibrio, el Consejo de la Magistratura debía integrarse conforme con el régimen legal anterior que contemplaba -entre otros- a un representante de la segunda minoría parlamentaria del Senado.

Al notificarse dicha sentencia, la segunda minoría del Senado estaba constituida por el bloque Frente PRO, con 9 senadores, al que pertenece Juez. El 13 de abril de 2022 ese bloque propuso al senador Luis Juez como consejero titular, y a Humberto Schiavoni como suplente. Esa propuesta no fue respondida por la Presidencia del Senado que ejerce Cristina.

El 18 de abril, el bloque del Frente de Todos en el Senado, por orden de Cristina Kirchner resolvió dividirse en los bloques Frente Nacional y Popular (21 senadores) y Unidad Ciudadana (14 integrantes). La división fue, además, tardía y desprolija.

El 19 de abril, el Frente PRO reiteró a la Presidencia del Senado su pedido para que designara a los senadores propuestos por la segunda minoría. Esta nota tampoco obtuvo respuesta.

El 20 de abril, la Presidencia del Senado, por medio del decreto parlamentario DPP N° 33/22 y a propuesta del nuevo bloque Unidad Ciudadana, designó a los senadores Claudio Doñate (titular) y Guillermo Snopek (suplente) para integrar el Consejo de la Magistratura.

Consecuentemente, Schiavoni y Juez presentaron un amparo contra la Cámara de Senadores de la Nación para que se declarara la nulidad de dicho decreto parlamentario y se procediera a su efectivo nombramiento en el Consejo de la Magistratura.

No vale todo. Cristina mandó a dividir el bloque K de Senadores para acaparar 3 de las 4 bancas en el Consejo de la Magistratura. Esta avivada, que muchos festejaron, claramente era irregular y hoy la Corte Suprema la revocó.
¡Felicito a @ljuez por no bajar los brazos!

Tanto en primera como en segunda instancia del fuero judicial en lo contencioso administrativo federal se les rechazó el amparo con el argumento de que era una decisión política no judiciable, y el caso llegó a la Corte por vía de recurso extraordinario.

La semana pasada tal como adelantó Clarín, el Procurador General de la Nación, Eduardo Casal, dictaminó a favor de que la Corte tratara el recursos de Juez.

La Corte, por mayoría, señaló que el caso es revisable porque no se trata de analizar la forma en que el Senado organiza su funcionamiento interno o decide sobre la conformación y modificación de los bloques, sino cómo deben identificarse los bloques para integrar el Consejo de la Magistratura de acuerdo a lo resuelto por la Corte en la sentencia “Colegio de Abogados de la Ciudad”.

Se trataba de un caso revisable, también, porque Cristina se había apartado de ese fallo y se habían afectado los derechos de los senadores Juez y Schiavoni.

Las protestas contra Doñate en la puerta del Consejo de la Magistratura. Foto: Luciano Thieberger.

En el fallo, la Corte explicó que debía cumplir con su deber constitucional de ejercer una revisión judicial «acorde a la trascendencia institucional de la cuestión involucrada», en la cual se encontraba en juego el correcto funcionamiento de las instituciones de la República.

Para la Corte, “la fecha de la notificación de la sentencia es el momento que el Congreso debe tener en cuenta para determinar cuál es el bloque de cada cámara que, por ser la segunda minoría, debe proponer el representante correspondiente”.

En la sentencia del 16 de diciembre se fijó la notificación como el momento decisivo a partir del cual se debían llevar a cabo “las acciones necesarias a fin de cumplir con el sistema de integración del cuerpo”.

Para el Tribunal, “resulta indiscutido que al momento de la notificación de la sentencia del 16 de diciembre –y aún después del vencimiento de los 120 días dispuestos para su implementación–la segunda minoría a los efectos de la conformación del Consejo de la Magistratura era el “Frente Pro””.

En virtud de la división del bloque del Frente de Todos, el nuevo bloque Unidad Ciudadana pretendió ocupar el lugar de segunda minoría y, con fundamento en esa maniobra, propuso a un senador –finalmente designado como consejero por Cristina– que hasta el día anterior formaba parte del bloque mayoritario, recordó la Corte.

“El accionar de la Presidencia del Senado constituye un apartamiento de las reglas que esta Corte estableció en su sentencia del 16 de diciembre para la conformación de un órgano constitucional como es el Consejo de la Magistratura”, agregó.

También esas medidas de Cristina Kirchner contradicen “las exigencias de equilibrio y complementariedad propios del principio de colaboración sin interferencias entre órganos constitucionales al desnaturalizar los imperativos constitucionales, legales y jurisprudenciales a las que debe sujetar el ejercicio de su prerrogativa, a la par que desconoce el principio de buena fe, cardinal en las relaciones jurídicas”, sentenció la Corte.

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