Policiales

AlarmanteEl 58% de las víctimas de violencia sexual son niños, niñas y adolescentes

El 19 de noviembre se estableció a nivel internacional como el Día de Prevención del Abuso Sexual contra Niños, Niñas y Adolescentes. Con la fecha instituida desde el año 2000, se busca visibilizar una realidad que afecta cotidianamente a las infancias en el mundo entero, tanto en ámbitos intrafamiliares y sociales como a través de las redes de Internet, en las que ciberdelitos como el grooming, el sexting y el stalking se tornaron más frecuentes y peligrosos de lo que se puede llegar a pensar.

La jornada de reflexión y concientización fue establecida por una iniciativa de la Fundación de la Cumbre Mundial de la Mujer (WWSF, por sus siglas en inglés), con estatus consultivo de las Naciones Unidas, para promover la lucha contra la pedofilia y la explotación de niños, niñas y adolescentes, ayudando a generar protección efectiva mediante la difusión y la adopción de acciones concretas y sistemáticas.

En la Argentina, según datos del Programa Nacional Las Víctimas contra las Violencias, incorporado a la Dirección Nacional de Promoción y Fortalecimiento para el Acceso a la Justicia desde febrero de 2022, alrededor del 58% de las víctimas registradas por violencia sexual son niños, niñas y adolescentes.

En todos los grupos etarios el porcentaje de víctimas que pertenecen al género femenino es casi 4 veces mayor que el masculino. En el género masculino el mayor porcentaje de víctimas se concentra en el rango etario de 12 a 17 años.

Insisten en la figura especializada del Defensor del Niño

En Salta, la Red Papis (Plan de Ayuda para una Infancia Segura) y otras entidades civiles que integran la Red de Organizaciones de Niñez y Adolescencia Territorial (Ronat) insisten en la necesidad de establecer en la provincia la figura especializada del Defensor del Niño y realizar una urgente y profunda revisión al Sistema de Protección de la Infancia.

El día instituido a nivel mundial refuerza la importancia del trabajo en materia de prevención y concientización acerca de una forma de violencia que debe ser difundida y abordada en sintonía con la Convención de los Derechos del Niño.

Derecho a ser oídos

El artículo 12 de la citada Convención, aprobada como tratado internacional de derechos humanos el 20 de noviembre de 1989, obliga a los Estados parte a garantizar a los niños, niñas y adolescentes el derecho de expresar sus opiniones libremente en todos los asuntos que los afectan, teniendo debidamente en cuenta sus opiniones en función de su edad y madurez.

Con tal fin, debe dárseles la oportunidad de ser escuchados, en todo procedimiento judicial o administrativo que los afecte, ya sea directamente o por medio de un representante o un órgano apropiado, en consonancia con las normas de procedimiento vigentes en el país.

Las modalidades de abuso sexual se dan tanto en el contexto intra como extra familiar, y una situación similar acontece también en la explotación sexual, la pornografía infantil y ciberdelitos como el grooming.

Resulta fundamental marcar que las consecuencias de todos estos delitos, como es sabido, perduran en el tiempo, afectando el desarrollo y las etapas futuras de la vida de la víctima.

En Argentina, a partir de la modificación del artículo 72 del Código Penal, el abuso constituye un delito de acción pública, lo que permite que sean cada vez más los casos que llegan a la Justicia, considerando que el 75 por ciento de los abusadores suele ser un familiar directo o una persona de confianza del círculo familiar.

Detección temprana

Por tal razón, organizaciones internacionales como UNICEF (Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia) instan a los Estados parte a comprometerse en la profundización del trabajo mancomunado entre distintos organismos nacionales, provinciales, locales y de la sociedad civil, en la detección temprana de este tipo de situaciones y una adecuada protección de los niños, niñas y los adolescentes.

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