Policiales

Justicia Siete años de prisión por vender drogas cerca de una escuela

La justicia salteña rechazó un recurso de casación que interpuso la defensa del sujeto de 37 años y dijo que estaba demostrado que usaba un “pasamanos” para comercializar estupefacientes al frente de un colegio.

Los jueces de la Sala III del Tribunal de Impugnación en Feria, Pablo Mariño y Rubén Arias Nallar, rechazaron el recurso de casación interpuesto por la defensa de Ramiro Raúl Rodríguez (37), y confirmaron la pena impuesta por el juez de la Sala I del Tribunal de Juicio de Orán, Mario Maldonado.

El hombre fue condenado el año pasado a la pena de siete años y seis meses de prisión efectiva, más multa, por considerarlo autor material y responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización agravado por la cercanía de establecimientos de enseñanza.

Entre otros aspectos, los jueces de Impugnación consideraron en su fallo que los argumentos vertidos por la Defensa Técnica del imputado no son suficientes para revertir la decisión adoptada en la instancia anterior, puesto que el hecho de no contar con las filmaciones, no obsto a que se pueda comprobar la autoría penalmente responsable de Rodríguez”, y agregaron que el juez de primera instancia “a partir de datos objetivos arrimados a la causa, como ser informes policiales, testimoniales brindadas en el debate y las actas de secuestro y procedimientos, logró formar su libre convicción y arribar a la decisión de condenar al encausado por el delito por el delito que venía imputado, dentro de un marco racional de sana crítica”, afirmaron los magistrados.

Sobre el planteo hecho por la defensa del imputado, sobre si corresponde la aplicación del agravante contemplado la ley 23.737; de la comercialización dada por la cercanía de establecimientos de enseñanza; Mariño y Arias Nallar recordaron que el sentenciante sostuvo que: “…los hechos, tal como fueron probados, han sido cometidos en ambas oportunidades en inmediaciones de un establecimiento de enseñanza, conforme puede apreciarse, en el informe del allanamiento y que por lo demás ha sido corroborado con la prueba testimonial brindada en la audiencia de debate”. Por ello, el Tribunal compartió el criterio adoptado por el Juez de sentencia; toda vez que los expuestos de forma tan evidente a la comercialización de estupefacientes eran menores, siendo estos los que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad.

Los jueces compartieron los fundamentos esgrimidos por el Juez de grado para condenar, “puesto que resulta evidente que se ha ponderado completamente la prueba ofrecida, habiéndose valorado tanto la postura acusatoria como la defensiva” y en consecuencia, dijeron que corresponde desestimar el recurso de casación deducido por la defensa de Rodríguez.

En el marco de las investigaciones realizadas por la División Drogas Peligrosas de la Policía de la Provincia, en diciembre de 2017 fue allanado el domicilio de Rodríguez alias “Puqui”, desde donde se secuestraron cocaína, elementos de fraccionamiento, pendrives y celulares. La vivienda del acusado se encuentra frente a un establecimiento escolar primario y la modalidad utilizada para la venta, era la de pasamanos.

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