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Boletín OficialProhibieron la venta de una stevia boliviana y de sales

Las medidas se publicaron este miércoles en el Boletín Oficial mediante una disposición de la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica.

La disposición 713/2018, que se publicó este miércoles en el Boletín Oficial,  alcanza a las siguientes sales:

–»Sal gruesa marca Salmar», Sin TACC, RNPA N° 21-113538, RNE N° 21-114443 A.D.A., Santiago del Estero N° 466, Roldán-Santa Fe.

–»Sal fina marca Salmar», Sin TACC, RNPA N° 21-113539, RNE N° 21-114443 A.D.A., Santiago del Estero N° 466, Roldán-Santa Fe.

Además, la medida se extiende a «cualquier otro alimento con el mismo RNE con la leyenda Sin TACC».

«Los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 1383, 1383 bis, 6 bis y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y consignar números de registro de producto que no le corresponden; lucir el símbolo de alimentos libres de gluten y la leyenda Sin TACC sin estar inscriptos como tales, resultando ser falsamente rotulados y en consecuencia ilegales», argumentó la ANMAT.

Por otra parte, a través de la disposición 718/2018 se prohibió la «Stevia Endulzando la Vida– 100 % stevia cristalizada, origen Bolivia, contenido neto 80g, vencimiento octubre de 2020″.

Justificó el organismo: «El producto se halla en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del Código Alimentario Argentino (CAA) por carecer de autorización de producto y de establecimiento y estar falsamente rotulado resultando ser en consecuencia ilegal».

Por último, mediante la disposición 757/2018 se prohibió el uso, la comercialización y la distribución de  de todos los lotes del siguiente producto médico: «RIVERLON / 928BK / BLACK MONOFILAMENT / Nylon Suture / 3-0 (2.0 metric) / 18» (45 cm) / Reverse Cutting / FS-2 / 3/8 19mm / STERILE EO / Manufactured by: Riverpoint Medical-usa».

Explicó la ANMAT: «La DVS considera que toda vez que se trata de un producto no autorizado por esta Administración, no se puede asegurar que éste cumpla con los requisitos mínimos sanitarios y con las exigencias que permiten garantizar la calidad, seguridad y eficacia de este tipo de productos médicos».

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