Economía y Negocios

Cambios desde este viernes Nueva norma de la AFIP: las 7 claves para traer celulares y notebooks del exterior

A partir de este viernes, se podrá ingresar al país hasta una computadora portátil (tipo notebook o tablet) y un teléfono celular sin tener que declararlos ni de pagar impuestos.

Se debe a que, a través de la Resolución General 4315 publicada en el Boletín Oficial, la AFIP modificó el régimen general de equipaje y estos equipos tecnológicos pasaron a ser considerados «efectos de uso o consumo personal”. El cambio genera algunas preguntas que Clarín le transmitió a fuentes de la Aduana.

1) ¿Qué cantidad de equipos se puede traer sin pagar impuestos?

Se pueden traer del exterior hasta dos equipos. La resolución habilita que el viajero ingrese hasta una computadora portátil que no requiera para su funcionamiento fuente exterior de energía (tipo notebook o tablet) y hasta un teléfono celular.

2) ¿Importa el precio del producto?

«La norma no habla de precios», responden a Clarín fuentes de la Aduana. Por lo tanto, se puede traer el equipo más caro sin inconvenientes.

3) ¿Cuántos celulares puedo tener encima al ingresar al país?

Los que se declararon al salir del país más uno nuevo, que estará exento de impuestos.

Al salir de Argentina, hay que declarar el celular en el formulario de la Aduana. Es muy importante hacerlo, para evitar tener problemas al regreso. Se lo considera un bien que ya se tenía en el país al momento de egresar. Hay modelos muy viejos, que tal vez no requieren declaración. Pero, ante la duda, conviene consultar.

Al volver del exterior, la nueva resolución habilita a ingresar un celular nuevo. Por lo tanto, se puede llegar a la Argentina el teléfono «de siempre» (previamente declarado) y traerse uno nuevo.

4) ¿Se puede traer el equipo en su caja, cerrada?

«La norma no te dice que no», responden las fuentes de la Aduana. «No deberías tener problema», coinciden voceros de la AFIP.

De hecho, la resolución contempla el concepto de «obsequio». Según lo publicado en el Boletín Oficial, la medida abarca «los efectos nuevos o usados» que un viajero pudiere destinar «para su uso o consumo personal o bien para ser obsequiados, siempre que por su cantidad, naturaleza o variedad no permitieren presumir que se importan o exportan con fines comerciales o industriales».

En síntesis, por lo que indica la normativa, se puede traer un teléfono embalado en una caja, para regalar a un familiar.

5) Si alguien viaja con una computadora de su trabajo, ¿puede alegar que es laboral y traer una nueva, personal?

«Sí, porque hay una normativa que habla de los bienes que, por tu profesión, podes sacar del país y volver a ingresar», responden en la Aduana.

Por lo tanto, se puede salir de la Argentina con una notebook, sea laboral o personal. Ese objeto corresponde declararlo. Y al volver al país, se puede traer otra más.

6) ¿En qué casos se pagaría un excedente de franquicia?

Hay que pagar cuando en vez de comprar un teléfono (que es lo permitido) se compran más. 

Por ejemplo, alguien trae dos celulares de 600 dólares cada uno. Por uno de ellos no pago tributos porque se considera «para consumo personal». Pero la norma dice que es solo uno. Así que, por el otro producto, se va a aplicar el tributo que corresponda.

Las franquicias son de 300 dólares para mayores de 16 años. Y hay que pagar el 50 % del excedente de la franquicia. Entonces, si el celular vale 600 dólares, le tengo que restar 300 y sobre el reto aplicar el 50 %. O sea, se pagaría 150 dólares de tributo.

7) ¿Qué pasa con los menores de edad? Una pareja con tres hijos. ¿Puede traer cinco notebooks sin pagar impuestos?

Las fuentes consultadas señalan que «la normativa no habla de edad», así que «tranquilamente podrían entrar» los cinco productos. Incluso, al momento de discutir la resolución, se tuvo en cuenta que hoy en día los chicos manejan una tablet y tienen su propio celular.

Si un chico trae más equipos de los permitidos (dos celulares o dos computadoras), deberá pagar el tributo por uno de ellos. Para los menores de 16 años, la franquicia es de 150 dólares. Entonces, hay que pagar el 50 % del excedente de esa franquicia. 

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