Locales

CuarentenaExceptuados: qué documentación llevar para no ser detenidos

El Código Penal establece una pena de uno a seis años de prisión para quien falsifique un documento legal.

Desde el viernes 20 de marzo el país está en cuarentena obligatoria para mitigar el avance de la pandemia COVID-19 y en el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que firmó el presidente Alberto Fernández hay personas que están exceptuadas para poder circular, aunque no libremente.

El Ministerio de Seguridad de la provincia recordó a quienes están integran el grupo de excepciones relacionadas con actividades y servicios esenciales deben presentar ante la autoridad que los intercepte su Documento Nacional de Identidad y una Declaración Jurada de la empresa, que certifica su actividad. Este último documento debe estar firmado y sellado por el empleador.

Al tratarse de un documento legal, existen responsabilidades penales en quien presente una Declaración Jurada Falsa. En caso de que la Policía comprueba una irregularidad, el responsable incurre en el delito de falsedad ideológica, reglado en el artículo 293 del Código Penal, el cual establece una pena de uno a seis años de prisión. Además de esto delito, el infractor también será sancionado por infringir el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio dispuesto ante la Emergencia Sanitaria en el Decreto de Necesidad y Urgencia 297/2020 cuyo agravante es la violación de os artículos 205 y 293 del código penal argentino.

Agregue un Comentario

Click aquí para agregar un comentario

CADENA 365 EN TU CELULAR

Descarga nuestra app para Android

Encuestas

¿Que expectativas te generan las medidas propuestas por Javier Milei?

Resultados

Cargando ... Cargando ...

Fotonoticias

En la PunaFuror por un pueblito salteño de 250 habitantes ubicado a 4100 de altura
Ver anteriores