Opinión

AnalisisEmergencia Hídrica en la provincia de Salta

Por Roberto Ibarguren Zorreguieta*

La reciente aprobación legislativa, finalizando Noviembre 2022, de un Proyecto de Declaración de Emergencia Hídrica en la Provincia, responde innegablemente a las graves consecuencias climáticas ya de prolongado curso, así como a la imposibilidad y dificultades del Poder Ejecutivo, para disponer de un manejo más adecuado de los recursos hídricos en todo el territorio, debido a los históricos déficits infraestructurales y de inversión en el sector, así como de ausencia de larga data de aplicación de una política de estado permanente para tal obligación.

Simultáneamente, constituye grave omisión la tácita no inclusión en dicho Proyecto, de un necesario Comité Interdisciplinario de Consultores, para actuación inmediata y cooperación con el Gobierno Provincial y sus Organismos Técnicos, considerando la gravedad de la situación hídrica para la población en gran parte del territorio, agravada además por la dimensión de incendios descontrolados, pérdidas de flora y fauna, y hasta de viviendas.

Los procesos asimismo innegables del Cambio Climático y de La Niña en el Hemisferio Sur, que vienen provocando sensibles alteraciones en las disponibilidades de agua de superficie, subterráneas, y de precipitaciones pluviales en altas y bajas cuencas, con acentuadas elevaciones de temperaturas prolongadas y de sequedad ambiental extrema, que se extenderían hasta Marzo de 2023, conforme pronósticos meteorológicos internacionales, es un hecho consecutivo que no fue tenido en cuenta por los organismos técnicos nacionales, ni los provinciales, a los efectos de aplicación de monitoreos destinados a medidas previsionales posibles.

Las evoluciones climáticas naturales ocurrentes en nuestro territorio, los añadidos efectos de la civilización humana, y la ineficiencia en el manejo y conservación de los recursos propios de los ecosistemas, suelo, agua, vegetación, relieve, cuencas hidrográficas, y poblamiento, concurrencia negativa y dramática  en los enclaves humanos ciertamente en todo el planeta, y en muchos aspectos sin piedad, debido a que la naturaleza pasa indefectiblemente factura, y muy onerosa y expresamente peligrosa para las gentes, pueblos, ciudades, bosques, y suelos.

emitiéndonos a la Provincia de Salta, su ciudad capital y pueblos, se torna en consecuencia  urgente proponer la aprobación de los factores concurrentes que debieran ser adoptados y destinados al mejor manejo de una estrategia coherente dentro de las jurisdicciones del gobierno provincial y gobiernos municipales, que debieran abocarse a una imprescindible construcción y aplicación, de un “Plan Regulador del Uso del Suelo, Aguas, y Crecimientos Poblacionales Urbanos, Suburbanos, y Rurales para la Provincia de Salta“, precisamente dentro del marco del Comité Interdisciplinario de Consultores mencionado, incluyendo las debidas y necesarias interconsultas internacionales.

El Plan citado, tendría antecedentes históricos con el “Primer Plan Regulador de la Ciudad de Salta” del Arquitecto Ángel Guido, promovido y aprobado por el eximio Intendente Municipal Ceferino Velarde en 1936, destinado a ordenar la planificación y crecimiento de la ciudad. Al mismo, le siguió otro Plan de Planeamiento 2012-2014, Plan de Desarrollo Ambiental II, aprobado tardíamente en 2019 por el Consejo Deliberante de la Ciudad de Salta. El Plan Regulador de Velarde, logró gran impacto en el crecimiento de la ciudad y en el estilo de la calidad de vida para sus habitantes, incluyendo hasta ordenanzas para reconstrucciones con estilo colonial y mantenimiento arquitectónico, nuevas Plazas, creación del Parque San Martín asentado sobre el pantano preexistente  y reforestación, diseños de las Avenidas Sarmiento, Belgrano, Parque Infantil, Baños Públicos y Plaza Alvarado, puesta en valor del Palacio Arzobispal con estilo peruano, construcción Matadero Municipal, Sede Municipal, entre lo más importante. El mismo abarcó eficiente manejo del recurso hídrico, forestación, sanitización urbana, y disciplinamiento del funcionamiento y crecimiento de la ciudad de Salta. No logó lo mismo el subsiguiente Plan de Desarrollo Ambiental 2012-2014-2019.

Fuera de esos valiosos antecedentes organizativos habidos, ni en la ciudad capital, ni en pueblos de la provincia, se concretaron posteriormente avances de tal naturaleza, tan importantes para la provechosa administración del Erario Público y el aporte al nivel de vida de sus pobladores. Ya iniciado el S.XXI, la Provincia y sus Municipios siguen sin  disponer de esos elementos análogos organizativos y rectores, destinados al manejo más eficiente de la administración de la cosa pública, en niveles aceptables y provechosos para sus habitantes.

Por lo expresado en este análisis, los salteños deberíamos interesarnos expresamente para nuclear a los Consejos Profesionales de Arquitectura, Ingeniería, Ciencias Naturales, Recursos Hídricos, Mineros, Climáticos , Infraestructura, Transporte, Comunicaciones, las Cámaras de la Construcción, las Universidades, Organizaciones Gremiales, y algunos dirigentes capacitados, que en esfuerzo conjunto pudieran instituir y poner en marcha el mencionado “Plan Regulador del Uso del Suelo, Aguas, y Crecimientos Poblacionales Urbanos, Suburbanos, y Rurales para la Provincia de Salta“.

Al respecto, esfuerzos recientes como el emprendimiento del “Desarrollo Urbano, Nuevos Desafíos” y sus objetivos, habidos en el Jockey Club, son loables acciones por parte de empresarios y profesionales involucrados e interesados en inversiones inmobiliarias y sostenimiento de calidad de vida, valen mucho y deben apoyarse. No obstante, los Gobiernos de la Provincias y los Municipios, tienen la obligación de converger, y participar activamente con sus cuerpos técnicos en tales escenarios, de proyección social absoluta. Ya en Córdoba, existen nuevos proyectos urbanos, denominados, “Ciudad de los 15’ “, con barrios autosuficientes dotados de todos los servicios esenciales a 15’, bici, a pie, con infraestructura completa, en el que ya viven 500 personas y crece con buena evolución del original y novedoso sistema, que descarta virtualmente transporte público, contaminación y costos, lo que debiera contabilizarse.

En lo concerniente a la Emergencia Hídrica en Salta, la acción del Ente Regulador dada la crítica situación creada por las condiciones climáticas, debería ser apoyada instituyéndose un “Programa de Prototipos Hídricos”, con similares coincidencias al presentado por la arquitecta española Loreta Castro Reguera en México, para combatir la sequía, exceso de lluvias, y proveer de agua a una ciudad con el doble de población que Salta, Ecatepec, con 1,8 mill. hab., segunda urbe más poblada de México. Ese Programa debería aplicarse parcialmente en la estrategia y necesidades actuales de Salta, debido a que incluye nada menos que almacenamiento y potabilización de aguas de escorrentías y residuales, buscando modificar con gran esfuerzo un sistema que viene funcionando mal hace más de 450 años, similar en un todo al nuestro, y que abarca tierras urbanas, suburbanas, agrícolas, ganaderas, industriales y mineras.

Salta está obligada a un gran sacrificio para manejar mejor el valioso patrimonio de sus suelos, bosques, aguas, cuencas, y contaminación creciente, de tan antigua data asimismo. El “Programa de Prototipos Hídricos”, de Castro Reguera incluye sintéticamente entre lo destacable:

  1. Sanitarios Públicos, con captación de agua pluvial en sisternas, y reutilización de aguas sanitarias tratadas.
  2. Torres Cisternas Captadoras de Agua Pluvial y de Escorrentía, para distribución.
  3. Piscinas Públicas, de uso del agua y de esparcimiento, alimentadas por el sistema.
  4. Reordenamiento del Uso del Agua Potable y Retratada, para otros fines específicos.
  5. Grandes Cisternas de Superficie, para captación de aguas de escorrentía, similares a las lagunas de contención ya construidas en el Campo General Belgrano en Salta.

Complementariamente, a esta ecuación sumaria, el Gobierno de la Provincia y los Municipios debieran organizar servicios regionales de manejo de los recursos hídricos, erosión, contaminación, y provisión de agua potable a centros urbanos y suburbanos. Con tal fin, debiera disolverse la empresa estatal provincial Aguas del Norte, e instituir en cambio un organismo mixto regionalizado, con participación del sector privado  y la comunidad, destinado a la administración, investigación, aprovechamiento, y uso del agua, y el manejo de las cuencas hídricas, en un todo coincidente con lo que dispone el Código de Aguas de la Provincia, Ley Nro 775. Salta ha perdido hace tiempo un servicio eficiente de esa índole, por lo cual debe ser recuperado.

 

 *El autor es exProfesor e Investigador Asociado, Universidades Nacional de La Plata, y Católica de Salta,  Graduado en las Universidades de Cuyo y de Córdoba.

 

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