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Tras una auditoríaEl Ente Regulador ordenó excluir el pago a Lusal de la factura de Edesa

Entre las graves irregularidades detectadas en un proceso de auditoría se encuentran la falta de autorización para anexar las deudas de LUSAL, la falta de aprobación del convenio por el Concejo Deliberante.

La medida entrará en vigor 30 días después de que se publique en el Boletín Oficial, hasta tanto se garanticen los principios tributarios de legalidad, igualdad en las cargas públicas, proporcionalidad, publicidad y participación ciudadana en los procesos de determinación tarifaria.

El Ente Regulador de los Servicios Públicos ordenó a la empresa EDESA la exclusión de la factura del servicio de energía eléctrica de todos los ítems y rubros derivados del convenio de cobranzas firmado con la empresa LUSAL – MANTELECTRIC I.C.I.S.A. – ILUBAIRES S.A. U.T.E., y sus adendas. Esto hasta tanto se garanticen los principios tributarios de legalidad, igualdad en las cargas públicas, proporcionalidad, publicidad y participación ciudadana en los procesos de determinación tarifaria. Le medida entrará en vigencia 30 días después de que se publique en el Boletín Oficial.

El organismo de control dejó sentado que esto no impide que LUSAL habilite su infraestructura y mecanismo de cobranza, o que lo haga la Municipalidad de Salta, ya que se trata de la concesión del servicio de alumbrado público y mantenimiento de la semaforización.

Entre las graves irregularidades detectadas en un proceso de auditoría se encuentran la falta de autorización para anexar las deudas de LUSAL, la falta de aprobación del convenio por el Concejo Deliberante, el incumplimiento de los subsidios fijados a favor de los carenciados y la falta de habilitación de procesos de participación ciudadana o audiencias públicas para determinar las tarifas.

También ha cuestionado el ENTE una infraestructura de 65.000 luminarias que no ha tenido mayor variación en estos años sea solventada por ocho categorías fijadas en base a consumos y superficie de los inmuebles cuando debe existir proporcionalidad entre el costo del servicio, la cantidad de usuarios y su capacidad contributiva.

“Hemos venido trabajando para corregir defectos en los procesos de facturación de la energía eléctrica, que se distorsiona por la incorporación de rubros que no tenían autorización para anexarse a la boleta de EDESA y que tampoco respetan elementales garantías para usuarios en los cálculos de las tarifas de la tasa de alumbrado público. Cuando se confunden las figuras de contribuyentes y usuarios, se utiliza la factura de un servicio esencial y se ocultan los procesos para actualizar tarifas, debemos asegurar que se respete la normativa vigente tenemos la obligación de intervenir y, como en el caso de LUSAL, de revertir situaciones injustas y violatorias de la normativa vigente” manifestó Carlos Saravia, titular del ENRESP.

 

 

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