Locales

Poder JudicialCrearán un registro de antecedentes penales para los adolescentes

Aseguran que los datos serán reservados y expuestos solo con orden judicial.Esta semana se aprobó el nuevo régimen penal juvenil. Cambian los procedimientos.

En Salta se creará un registro de antecedentes penales juveniles, según establece el nuevo régimen para los menores de 18 años que cometan delitos. Esta semana, se convirtió en ley el proyecto que había enviado hace un año la Corte de Justicia de Salta.

Los datos del registro de antecedentes serán reservados y solamente expuestos en caso de orden judicial fundada y escrita que amerite su exhibición, se especifica en la nueva legislación. Se trata del nuevo régimen de responsabilidad penal para niños, niñas y adolescentes, que introduce cambios sustanciales en a los procedimientos judiciales para este sector de la población. Se apunta, por otra parte, a que la pena privativa de libertad de cumplimiento efectivo sea impuesta tan solo como medida de último recurso.

La jueza de la Corte de Justicia de Salta Sandra Bonari consideró que el gran cambio que se presenta es la adecuación de la ley con los compromisos que tiene el Estado nacional en el orden internacional.

El artículo 11 crea por primera vez en la provincia el registro único y concentrará «los antecedentes por delitos que se registren en sede policial, administrativa o judicial», aunque también añade «cualquier otro registro que existiese».

La norma fija que «sólo podrán ser empleados a efectos de constatar la procedencia de alguna norma de acumulación».

Los argumentos

«Hasta acá no teníamos ningún registro de antecedentes y como, además, por el Código de fondo, por el Código Penal y la ley de Menores, la reincidencia no se aplicaba a los menores, no existía información, no podía informarse ni constar en planillas los delitos cometidos por los menores», indicó Bonari.

La jueza aseguró que el registro será reservado, a fin de equilibrar y salvaguardar los derechos a la intimidad de los menores y en cumplimiento a las normas internacionales.

«Se crea en el ámbito de la Corte de Justicia y solamente se va a poder acceder a esos datos por orden judicial», remarcó.

La magistrada explicó que cuando se aprobó el Código Procesal Penal, en el 2011, en la última parte se estableció que con relación a los menores se aplicaba el código anterior, esto es la ley 6.345 de 1985. Es por eso, que la legislación había quedado desactualizada.

Recordó, además, que el Estado elevó a un rango constitucional una serie de convenciones que establecen mayores derechos para el niño, niña y adolescente.

Nuevo rol

Los jueces y fiscales para menores entran en los cambios que contempla la ley que aprobó la Cámara de Diputados el martes pasado. Antes del nuevo régimen, el procedimiento penal seguía siendo un procedimiento mixto y de corte inquisitivo.

El juez de menores era el que investigaba y arribaba a una resolución; si había un procesamiento, se lo pasaba a otro juez de menores que hacía el juicio.

«Hoy, sobre todo el régimen que se aplica en el orden penal a un supuesto menor que se le atribuye un delito en forma exclusiva o compartiéndolo con un mayor, el procedimiento es acusatorio. Quien realiza la investigación penal preparatoria es el fiscal penal juvenil. Que al igual que los fiscales penales, van a tener a su cargo la investigación penal preparatoria. Eso es importantísimo», explicó la magistrada.

Según los últimos datos, hay unos 70 chicos alojados Centros de Atención de Jóvenes en Conflicto con la Ley.

En abril, la directora general de Justicia Penal Juvenil de la Provincia, María Juncosa, había expuesto a este medio que las normas vigentes eran insuficientes para hacer eficaz la protección de niños en conflicto con la ley.

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