Economía y Negocios

Organismo recaudador Contadores presentaron una cautelar contra la AFIP

El organismo recaudador dispuso que los profesionales deberán presentar las planificaciones fiscales sobre los compromisos tributarios de sus clientes.

Los consejos profesionales de ciencias económicas de todo el país van a contrarreloj en el intento de frenar una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que obliga a los contadores a presentar las planificaciones fiscales sobre los compromisos tributarios que deben cumplir sus clientes. El fin de la medida oficial, que es evitar la evasión fiscal, no se discute, sino lo que se cuestiona es el método con el que se quiere llegar a ese objetivo, que, según las instituciones que se consideran afectadas, viola el secreto profesional de sus representados.

En las 24 jurisdicciones del país cada cuerpo colegiado presentó ayer un pedido de medida cautelar para que se elimine la disposición de la AFIP, que se publicó en el Boletín Oficial de la Nación el 20 de octubre pasado bajo la resolución general 4.838 “Régimen de Información de Planificaciones Fiscales (nacionales e internacionales)”. 

El Consejo Profesional de Ciencias Económicas de Salta (CPCES) hizo lo propio ante el juez federal local Julio Bavio.

“La presentación ante la Justicia Federal se debe a la falta de respuesta al reclamo administrativo presentado la semana anterior por el CPCES, donde se le solicitaba expresamente al organismo recaudador la suspensión de la aplicación y la derogación de la resolución 4.838”, explicaron desde la institución salteña en un comunicado .

“El régimen informativo atenta contra el derecho/deber del secreto profesional al poner la obligación de informar en cabeza de los asesores fiscales, además de afectar el ejercicio profesional y el desarrollo de la actividad lícita”, agrega el documento.

“Realmente están atentando contra nuestra libertad de trabajo. Tenemos que proteger los datos de nuestros clientes”, afirmó en diálogo con El Tribuno la contadora Nora Torregroza García, prosecretaria del CPCES.

“La AFIP tiene todas las herramientas para iniciar las fiscalizaciones y las inspecciones que consideren necesarias si es que entienden que hay algún delito fiscal, pero no pueden obligar al contador a que viole el secreto profesional. Están volcando en nosotros el trabajo que le corresponde al Estado”, sostuvo la profesional.

Si bien la resolución de la AFIP contempla la posibilidad de que los asesores fiscales se amparen en el secreto profesional, eso no dejaría exentos a sus clientes de la obligación de presentar la planificación de los pagos ante el organismo recaudador.

A todo esto, desde la AFIP sostuvieron que hay estrategias llevadas adelante por grandes empresas o bien individuos con un alto patrimonio que buscan agujeros en la normativa para derivar ganancias hacia jurisdicciones más laxas o bien realizar triangulaciones para evitar la tributación ante el fisco argentino. La flamante herramienta de control fiscal permitiría verificar que los tributos correspondientes se ingresen en las jurisdicciones donde realmente se producen los hechos imponibles.

Los plazos

Si es que no prosperan las acciones judiciales impulsadas por los consejos de profesionales, la nueva normativa tiene previsto plazos de cumplimiento: 

-Las planificaciones fiscales nacionales deberán informarse hasta el último día del mes siguiente al de cierre del período fiscal en el que se implementó; y las planificaciones fiscales internacionales dentro de los diez días de comenzada su implementación.

-Las que hayan sido implementadas desde el 1 de enero de 2019 hasta el 20 de octubre de 2020 o que hubiesen sido implementadas con anterioridad al primer día del año pasado, pero que subsistan a la entrada en vigencia de la resolución, deberán ser informadas hasta el 29 de enero de 2021.

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