Política

La Ruta del Dinero KConfirman que la plata que lavó Lázaro Báez provino de la corrupción

Luego de casi dos meses, y en 3.000 páginas, el Tribunal Oral Federal 4 dio los fundamentos para su sentencia. Por qué el delito precedente es la obra pública otorgada por Cristina Kichner.

En más de 3.000 fojas quedaron plasmados los fundamentos sobre los que los jueces del Tribunal Oral Federal 4 (TOF 4) condenaron a doce años de prisión por el delito de lavado de dinero a Lázaro Báez. El ex socio comercial de Cristina Kirchner fue acusado junto a sus cuatro hijos y más de veinte imputados. En la extensa resolución, dos de los jueces -Néstor Costabell y Adriana Pallioti-, remarcaron que el delito precedente de las operaciones por 60 millones de dólares fueron los contratos viales que recibió Austral Construcciones durante la gestión kirchnerista. Se habló de «corrupción estatal» y de connivencia «de ex funcionarios» que permitieron que Báez «se haga de millonarios fondos contaminados» del Estado.

Sobre el ex socio comercial de Cristina Kirchner pesa una condena de 12 años de cárcel por el delito de lavado de dinero en el caso conocido como la Ruta del Dinero K. El 24 de febrero se dio lectura la sentencia con a que el TOF 4 condenó al contratista de haber lavado 55 millones de dólares entre 2010 y 2013. Por ese motivo, deberá pagar una multa de 480 millones de dólares.

Este lunes se conocieron los fundamentos de aquella sentencia.

“Se han tenido por acreditados y la responsabilidad penal de cada uno de los enjuiciados”, sostiene la resolución a la que accedió Clarín, donde se ratificó la acusación: “Se tiene por absolutamente acreditado que entre los años 2010 y 2013 Lázaro Antonio Báez pergeñó una maquinaria al servicio del blanqueo de los fondos espurios que detentaba, valiéndose para ello de distintas personas físicas y jurídicas que en mayor o menor medida efectuaron sus aportes para la concreción de una maniobra global de lavado de activos sin precedentes en este país”. Esas personas «desplegaron su accionar tanto en el país como en el extranjero».

Cuando se abocaron específicamente a la estructura de lavado de dinero, los magistrados dijeron que se estaba ante “un emprendimiento criminal concebido y planificado con sofisticación y profesionalismo, sin que nada se dejase librado al azar”. Esto implicó la actuación mancomunada de varios intervinientes, “cuyos roles fueron distribuidos y orquestados a través de un esquema de organización, destacándose que la maniobra global en cuestión reviste los tintes de los delitos trasnacionales”.

¿Pudo Lázaro Báez hacer esto sin la ayuda del Estado? No, al menos sin el dinero que le proporcionaron a través de licitaciones, entendieron dos de los tres jueces del TOF 4. El dinero que se volcaba a todas las operaciones provenía del mismo lugar: la constructora que en Santa Cruz se hizo del 86% de los contratos viales que licitó el Estado nacional.

Un punto central de la extensa resolución fue el delito precedente, ya que toda maniobra de lavado de dinero requiere de uno. Se recordó que la Fiscalía a cargo de Abel Córdoba y las querellas entendieron que el mismo estaba relacionado a los hechos juzgados en la causa “Vialidad”, y en las restantes en cuyo marco se ventilan sucesos constitutivos de defraudaciones fiscales. En ese expediente Cristina Kirchner está procesada como jefa de una asociación ilícita que se habría dedicado a defraudar al Estado al direccionar 51 licitaciones a favor de Báez, por 46.000 millones de pesos.

Cristina Kirchner en el banquillo de los acusados durante la primera audiencia del juicio oral por corrupción en la causa Vialidad. Foto Maxi Failla.
Cristina Kirchner en el banquillo de los acusados durante la primera audiencia del juicio oral por corrupción en la causa Vialidad. Foto Maxi Failla.

La resolución detalló que los fondos que fueron objeto de las maniobras de lavado de dinero “fluyeron principalmente y de manera preponderante, desde los hechos de corrupción estatal y corporativa empresarial ventilados en la causa Vialidad”. En ese punto referenciaron que Lázaro Báez “aumentó su capacidad de contratación, para luego consumar el direccionamiento de las licitaciones, a través de la simulación de la concurrencia de las distintas empresas a los llamados licitatorios, cuando, en realidad, eran las firmas de un mismo conglomerado”.

Tanto los hechos investigados en la causa Vialidad -cuyo juicio oral es el único que Cristina Kirchner tiene en pleno desarrollo- “permiten sostener que Lázaro Báez, en su carácter de un organizador más de la asociación ilícita allí ventilada, y de beneficiario de los fondos públicos desviados fraudulentamente en su favor, instrumentalizó a su firma Austral como una empresa pantalla, para que fluyeran hacia sus arcas -y se confundieran en su patrimonio- sumas millonarias de dinero detraídos del Estado”. Esto operó en connivencia “con los ex funcionarios públicos de entonces e integrantes de ese consorcio delictivo”. Esa descripción incluye a la vicepresidenta.

Ese eje central -continuaron los jueces- “demuestra que Lázaro Báez optó por generar su propia usina de lavado de dinero, del modo en que lo hizo y se ha probado, puesto que habría de recibir flujos millonarios ilícitos como un integrante más de la matriz de corrupción estatal y corporativa montada para la asignación fraudulenta de la obra pública vial de la provincia de Santa Cruz”.

Además, expusieron que la “planificada recepción de fondos millonarios”, que percibió el Grupo Austral “como beneficiario de los fraudes y al mismo tiempo un organizador más de la asociación ilícita que integró, explica, naturalmente, por qué a Lázaro Antonio Báez no le bastaba para lavar dinero con recurrir ocasionalmente a terceros operadores de plaza bancaria y financiera ilegal, que pudieran brindarle incidentalmente esos servicios”.

A ese cuestionamiento, los magistrados Costabel y Pallioti respondieron de la siguiente manera: “Por haberse pactado que Lázaro Antonio Báez sería el recipiendario de flujos financieros millonarios, desviados desde el Estado Nacional por quienes compartían membresía con aquél en la asociación ilícita, hasta debió avanzar sobre la toma de control de una financiera ya constituida -SGI S.A.-, estructuró un ducto onshore y offshore para canalizar el torrente de dinero ilícito”.

Esos fondos fueron “detraídos del Estado” por Báez -junto a ex funcionarios del gobierno de Cristina Kirchner- “como un organizador más de esa asociación ilícita» y «explican, de algún modo, el celo puesto por aquél en mantener las maniobras bajo su férreo control -y hasta donde fuese esto posible-, decidiendo y ejecutando las gestiones en un entorno acotado, no sólo familiar sino también profesional”.

Esta operación llevada adelante por Báez funcionó “desde el seno del grupo criminal que organizó e incrustó en la estructura de Austral Construcciones, además de constituir, de su parte, la comisión de reiteradas y permanentes maniobras de autolavado de dinero, también se convirtió en una forma de asegurar el agotamiento material -o concreción- de los plurales planes delictivos de la asociación ilícita, de la que tomó parte junto a los ex funcionarios públicos de entonces”, expresaron los magistrados.

Los fondos que blanqueó Báez, continuaron los jueces, “están representados predominantemente por los dineros detraídos del Estado Nacional, es decir, el objeto material sobre los que recayeron los fraudes perpetrados por aquél y por los restantes integrantes de esa asociación ilícita”, siempre en referencia a los ex funcionarios juzgados en la causa Vialidad.

Llegada de Lázaro Báez al country Ayes del Pilar donde vecinos le negaron la entrada en el primer intento de excarcelar al empresario, en septiembre de 2020. Foto Rafael Mario Quinteros.
Llegada de Lázaro Báez al country Ayes del Pilar donde vecinos le negaron la entrada en el primer intento de excarcelar al empresario, en septiembre de 2020. Foto Rafael Mario Quinteros.

Para los magistrados hay un punto que no puede desestimarse, y es que esos dineros públicos, ingresaron a los bolsillos de Báez “ya contaminados” por las maniobras defraudatorias: direccionamiento de las licitaciones y sobreprecios promedio del 65%. El empresario K fue quien después “procedió a desplegar las maniobras de blanqueo o lavado”.

La actividad financiera del Estado Nacional es la causa lícita que permite dotar de legitimidad a esos fondos presupuestados. Pero los fraudes -señalaron los jueces- convirtieron “esa causa lícita primigenia, en otra indudablemente ilícita. Esos fraudes reiterados, perpetrados desde el seno del Estado Nacional, alteraron el destino presupuestario de esos fondos, y, por ende, ya al concretarse los pagos en favor de Lázaro Antonio Báez, estaban irremediablemente contaminados y así ingresaron a las arcas de aquél”.

Refutaron así uno de los argumentos centrales de la defensa de Cristina Kirchner en la causa Vialidad, de la siguiente manera: “En ese marco, sostener que los fondos públicos en cuestión, por haber sido de origen lícito no pueden ser blanqueados, constituye, cuanto menos, una falacia”.

 

 

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