Policiales

Justicia Carlos Ferro Podestá, acusado por violencia de género, quedó en libertad

El empresario, oriundo de Joaquín V. González, está imputado por los delitos de lesiones contra su expareja, amenazas, desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

La jueza Carolina Poma Salvadores, vocal de la Sala II del Tribunal de Juicio de Metán, decidió hacer lugar al pedido presentado por la defensa de Carlos Rodolfo Ferro Podestá y dispuso su libertad bajo caución y con la imposición de medidas sustitutivas.

La fiscal penal de violencia de género, actuante en la causa, dio su consentimiento a lo solicitado, considerando que las medidas sustitutivas de la prisión preventiva resultan suficientes para asegurar la continuación del proceso, debiendo dejarse sin efecto el beneficio en caso de incumplir alguna de las mismas.

Así, y al contar no sólo con el pedido de la defensa, sino con el consentimiento del órgano acusador, la jueza hizo lugar al planteo, y le impuso al imputado el cumplimiento de las siguientes medidas sustitutivas: caución real sobre el automóvil, que será entregado al Depósito de Secuestros del Poder Judicial, junto con la documentación del mismo; fijar domicilio en la Localidad de Joaquín V. González y domicilio procesal en radio del  Tribunal de Metán; obligación de presentarse todos los días lunes y viernes de cada semana; prohibición de acercamiento a menos de 100 metros de la víctima, de los lugares donde ella se encuentre y que frecuente; prohibición de ejercer actos de violencia física o verbal en su contra, según publicó El Tribuno.

Además, dispuso implantar consigna policial fija en el domicilio particular de la denunciante para asegurar el cumplimiento de las medidas impuestas y la integridad psicofísica de la misma.

Por último, notificó de lo dispuesto a la víctima, entregando copia de la resolución.

 Carlos Rodolfo Ferro Podestá está imputado de los delitos de lesiones leves agravadas por el vínculo, amenazas y desobediencia judicial e incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

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