Locales

Convocatoria públicaBuscan padres adoptivos para tres hermanos

 Se trata de una adolescente y de dos niños, de 9 y 5 años, que se encuentran en hogares de protección del Estado.

Desde el Poder Judicial se abrió una convocatoria pública para la adopción de tres hermanos que no tienen familia, según publicó El Tribuno.

El Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos de Salta, a cargo de Cristina Beatriz Pocoví, informó que el Juzgado en lo Civil de Personas y Familia de Segunda Nominación del Distrito Judicial del Centro está a cargo de la búsqueda de adultos que puedan hacerse cargo de los chicos.

Se trata de una adolescente de 14 años y dos niños: uno de 9 y otro de 5 años.

Los tres se encuentran bajo tutela del Estado en organismos dependientes de la Secretaría de Niñez del Gobierno de la Provincia.

La Justicia difundió que, desde su inserción en el sistema de protección estatal, los tres hermanos han recibido atención interdisciplinaria y que eso ha impactado favorablemente en su desarrollo.

La adolescente de 14 años y el niño de 9 tienen diagnóstico de retraso mental grave, anormalidades de la marcha y la movilidad y alteraciones del habla.

En tanto que el niño de 5 años tiene retraso madurativo global, trastorno motor crónico y secuelas de quemaduras en tronco y cuello.

Requisitos

Desde el Poder Judicial se difundió que quienes decidan postularse como adoptantes deben tener «condiciones afectivas y materiales que les permitan sostener los tratamientos que precisan los tres hermanos».

Los interesados que consideren que reúnen estos requisitos pueden comunicarse con el Registro Único de Aspirantes a Guardas con Fines Adoptivos de Salta a los teléfonos (0387) 4258026 o (0387) 4258000, internos 7014 y 7015. También se pueden comunicar por medio de un correo electrónico a re gadop1@justiciasalta.gov.ar

La convocatoria para encontrar a una familia que pueda hacerse cargo de los chicos se difundió ayer, por medio del parte de prensa oficial del Poder Judicial.

Antecedentes

No es el único caso de niños que necesitan un entorno familiar para crecer y desarrollarse en el que se está trabajando en Salta.

La semana pasada, la Justicia confirmó la decisión de que dos hermanos deben ser adoptados porque sus padres biológicos no están en condiciones de cuidarlos.

La sala segunda de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial en feria no hizo lugar a un recurso de apelación de la madre de los chicos, quien actualmente cumple una condena, contra la sentencia que inicialmente declaró en situación de adoptabilidad a sus hijos.

El padre de los niños también se encuentra privado de su libertad. Ambos están condenados por comercialización de estupefacientes.

El 8 de mayo de 2014, un informe de asistentes sociales indicó que los niños estaban en situación de vulnerabilidad. Entonces, un juez de Familia de Tartagal ordenó que ambos quedaran bajo la protección del Estado.

El padre manifestó ante la Justicia su voluntad de que los niños sean dados en adopción para que «reciban amor, cariño y tengan un buen trabajo cuando sean grandes».

En tanto que la madre había expresado su oposición.

La ley de protección a niños, niñas y adolescentes en su artículo 10 establece que se les debe garantizar el derecho a la vida privada e intimidad familiar.

Las condiciones para la declaración de la situación de adoptabilidad están previstas en el Código Civil y Comercial, en su artículo 607.

El 22 de enero la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial había determinado que otras tres hermanas fueran consideradas en condición de adoptabilidad.

Este caso había comenzado en 2015 y un informe policial indicaba que las niñas, de 4, 3 y 1 año, eran víctimas de violencia física, psicológica y verbal por parte de los padres biológicos.

Cómo se toma la decisión sobre el futuro de los niños

El Código Civil y Comercial de la Nación determina los plazos en los cuales se debe avanzar hacia la adopción de los niños que no pueden estar con sus parientes biológicos.

Se establece que, vencidos los 180 días desde el dictado de la medida excepcional que separa al niño de su familia, si no se revirtió la situación que originó la decisión, el órgano administrativo de protección de derechos debe manifestarse sobre la viabilidad de la adopción.

En este periodo, distintos organismos estatales relacionados con la protección de la infancia deben verificar si hay posibilidades de revinculación con los padres biológicos. También son responsables de analizar si un tío o abuelo puede hacerse responsable.
 

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